8 de septiembre de 2026

Cómo preparar tu empresa para una auditoría laboral: guía y checklist

La Inspección de Trabajo puede entrar sin previo aviso y pedirte los registros de jornada de los últimos 4 años, los contratos, las nóminas y el plan de prevención. Te explicamos qué revisa el Plan Estratégico de la ITSS 2025-2027, qué documentación exige, las sanciones de 751 a 983.736 € y un checklist para tenerlo todo listo.

Cómo preparar tu empresa para una auditoría laboral: guía y checklist

Una auditoría laboral casi nunca llega cuando te viene bien. Puede empezar con la denuncia de un empleado, con una campaña planificada del Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2025-2027 o, cada vez más, con un cruce automático de datos entre la Seguridad Social, la Agencia Tributaria y el SEPE que detecta una incoherencia en tu empresa. En los tres casos, el resultado depende de lo mismo: de si puedes poner la documentación encima de la mesa en cuestión de minutos o si tienes que reconstruirla.

Y el contexto no ayuda a improvisar. La ITSS ha reforzado su plantilla con más de 500 inspectores y subinspectores y ha priorizado precisamente los ámbitos donde más empresas fallan: tiempo de trabajo, igualdad retributiva, riesgos psicosociales y falsos autónomos. Prepararse ya no es una tarea de asesoría: es una tarea de organización interna.

Lo esencial en un minuto

  • El inspector puede entrar sin previo aviso en cualquier centro de trabajo (artículo 13 de la Ley 23/2015).
  • Los registros de jornada deben conservarse 4 años y estar disponibles en el propio centro.
  • No tenerlos es infracción grave: de 751 a 7.500 €, aplicable por centro de trabajo.
  • En prevención de riesgos, las infracciones muy graves llegan a 983.736 €.
  • Tras el acta de infracción tienes 15 días hábiles para alegar.
  • Las infracciones laborales prescriben a los 3 años: la Inspección puede mirar hacia atrás.

Auditoría laboral e inspección: no son lo mismo

Conviene separar dos cosas que se confunden a menudo. La auditoría laboral preventiva es voluntaria: la encarga la propia empresa —a su asesoría, a un despacho o a su departamento de RRHH— para detectar incumplimientos antes de que lo haga nadie más. No tiene consecuencias sancionadoras y su valor está justamente en eso.

La actuación inspectora es otra cosa: la realiza la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en ejercicio de una potestad pública, y puede terminar en requerimiento, en acta de infracción o en acta de liquidación de cuotas. La preparación es idéntica en ambos casos; lo que cambia es quién llama a la puerta y qué pasa si la documentación no aparece.

Cómo llega la Inspección a tu empresa

Las tres vías de inicio

  • Denuncia: de una persona trabajadora, de la representación legal o de un sindicato. Es el origen más frecuente y suele llegar tras una salida conflictiva o una reclamación de horas extras.
  • Campaña planificada: actuaciones programadas por sector, tamaño o territorio dentro del Plan Estratégico de la ITSS. Aquí no hay nada personal: te toca por perfil de empresa.
  • Cruce de datos: la Inspección explota información de la Tesorería General de la Seguridad Social, la Agencia Tributaria y el SEPE. Una jornada declarada a tiempo parcial con cotización incoherente, o un volumen de facturación que no cuadra con la plantilla dada de alta, activan la alerta sin que nadie denuncie.

Y una advertencia sobre el «previo aviso»: no siempre existe. La Ley 23/2015, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, es explícita sobre las facultades del inspector.

Entrar libremente en cualquier momento y sin previo aviso en todo centro de trabajo, establecimiento o lugar sujeto a inspección y a permanecer en el mismo.

Artículo 13.1 de la Ley 23/2015, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social

Qué está mirando la Inspección en 2026

El Plan Estratégico de la ITSS 2025-2027 concentra el esfuerzo en cinco frentes. Saber cuáles son te permite auditarte por donde realmente va a mirar el inspector, en lugar de repasarlo todo por igual.

Las cinco prioridades

  • Tiempo de trabajo: registro de jornada, horas extraordinarias no pagadas ni cotizadas, descansos entre jornadas y jornada de los contratos a tiempo parcial.
  • Igualdad: planes de igualdad, registro retributivo, auditoría retributiva y protocolos frente al acoso sexual y por razón de sexo.
  • Riesgos psicosociales: evaluación de la carga mental y del ritmo de trabajo, salud mental y política de desconexión digital.
  • Algoritmos laborales: sesgos y falta de transparencia en los sistemas automatizados de selección, asignación de tareas y evaluación del desempeño.
  • Economía irregular: falsos autónomos, contratos temporales fraudulentos y horas trabajadas por encima de las contratadas.

El registro retributivo no es solo para grandes empresas

Es un error muy extendido. El plan de igualdad es obligatorio a partir de 50 personas trabajadoras (Real Decreto 901/2020), pero el registro retributivo lo exige el Real Decreto 902/2020 a todas las empresas, sin importar su tamaño, con los valores medios de salarios, complementos y percepciones extrasalariales desglosados por sexo y por grupo profesional. Una empresa de ocho personas también debe tenerlo.

La documentación que te van a pedir

Esta es la lista que aparece, con pocas variaciones, en cualquier actuación inspectora. Anota el plazo de conservación de cada bloque: es tan importante como tener el documento.

Documentación obligatoria y plazos

  • Registros diarios de jornada de los últimos 4 años, con hora concreta de inicio y fin por persona (artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores).
  • Contratos de trabajo firmados y vigentes, con sus prórrogas y anexos, y la comunicación al servicio público de empleo dentro de los 10 días hábiles siguientes a su concertación.
  • Copia básica de los contratos entregada a la representación legal de las personas trabajadoras, cuando exista.
  • Nóminas y justificantes de pago, junto con los documentos de cotización (RLC y RNT) de los 4 años anteriores.
  • Plan de prevención de riesgos laborales, evaluación de riesgos —incluidos los psicosociales—, planificación de la actividad preventiva y justificantes de formación e información en PRL.
  • Reconocimientos médicos ofrecidos y documentación de vigilancia de la salud.
  • Registro retributivo (todas las empresas) y plan de igualdad con auditoría retributiva registrado en REGCON (a partir de 50 personas).
  • Protocolo frente al acoso sexual y por razón de sexo, y protocolo LGTBI para empresas de más de 50 personas.
  • Canal de denuncias interno y su política de gestión, obligatorio desde la Ley 2/2023 para empresas de 50 o más trabajadores.
  • Política de desconexión digital elaborada previa audiencia de la representación legal (artículo 88 de la LOPDGDD).
  • Información al trabajador sobre los sistemas de control —fichaje, geolocalización, videovigilancia— y el registro de actividades de tratamiento del RGPD.
  • Justificantes de formación obligatoria, incluido el permiso retribuido de 20 horas anuales cuando resulte aplicable.

El registro de jornada: el punto que más actas genera

Si hay un documento que el inspector pide siempre, es el registro horario. Es el que permite verificar de golpe la jornada, las horas extraordinarias, los descansos y la coherencia con las nóminas y las cotizaciones. Y es el más fácil de suspender, porque muchas empresas siguen sosteniéndolo con hojas de cálculo.

La empresa garantizará el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora.

Artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores

El precepto añade que los registros deben permanecer a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo durante cuatro años. «A disposición» significa en el propio centro de trabajo y accesibles en el momento de la visita: no vale prometer que se enviarán la semana siguiente. Lo desarrollamos en el artículo sobre las sanciones por no llevar el control horario.

Errores frecuentes que detecta una auditoría

Los fallos que más se repiten

  • Documentación dispersa: contratos en el correo del responsable, nóminas en una carpeta compartida, fichajes en un Excel y protocolos en un PDF que nadie sabe si es la última versión.
  • Registros de jornada rellenados a posteriori: idénticos todos los días, sin pausas y sin rastro de quién los modificó. No acreditan el tiempo real y el inspector lo detecta de inmediato.
  • Discrepancias entre horas fichadas y nómina: horas extras que constan en el registro pero no aparecen retribuidas ni cotizadas. Es la vía directa al acta de liquidación.
  • Documentos firmados sin trazabilidad: sin sello de tiempo ni evidencias del proceso de firma, la empresa no puede probar cuándo se entregó ni quién firmó realmente.
  • No informar a la plantilla del sistema de control, requisito del RGPD y del artículo 20.3 del Estatuto de los Trabajadores.
  • Políticas obsoletas: protocolos de acoso anteriores a la última reforma, planes de igualdad caducados o registros retributivos que no se han actualizado en dos años.
  • Personal que no sabe dónde está nada: la persona que gestionaba la documentación se fue y nadie más tiene los accesos.

Qué ocurre el día de la visita

El inspector se identifica, comunica el objeto de la actuación y puede requerir la comparecencia del empresario, entrevistarse en privado con las personas trabajadoras y examinar la documentación. La empresa tiene un deber de colaboración: negar el acceso, ocultar documentos o retrasar deliberadamente la entrega constituye obstrucción a la labor inspectora, una infracción autónoma que se sanciona además de lo que se descubra.

La actuación puede terminar de tres formas: sin consecuencias, con un requerimiento para subsanar en un plazo determinado, o con un acta de infracción. Si llega el acta, dispones de 15 días hábiles desde la notificación para presentar alegaciones ante el órgano competente. Ese plazo es corto, y se aprovecha mucho mejor si la documentación ya está ordenada.

Un requerimiento no es una multa, pero corre el reloj

Si el inspector emite un requerimiento y la empresa no subsana en el plazo indicado, la actuación se convierte casi con seguridad en acta de infracción, y el incumplimiento pasa a considerarse consciente. El requerimiento es la mejor oportunidad que vas a tener: trátalo como una fecha límite real, no como un aviso informal.

Sanciones: cuánto cuesta no estar preparado

Cuantías vigentes de la LISOS

  • Registro de jornada (infracción grave): de 751 a 1.500 € en grado mínimo, de 1.501 a 3.750 € en grado medio y de 3.751 a 7.500 € en grado máximo, aplicable por centro de trabajo y graduable según el número de personas afectadas.
  • Prevención de riesgos laborales: infracciones graves de 2.451 a 49.180 € e infracciones muy graves de 49.181 a 983.736 €.
  • Falsos autónomos y altas indebidas (muy grave en materia de Seguridad Social): de 7.501 a 225.018 €, más la liquidación de las cuotas no ingresadas con recargo.
  • Incumplimientos en materia de igualdad: no elaborar o no aplicar el plan de igualdad es infracción grave, y puede llevar aparejada la pérdida de ayudas y bonificaciones y la prohibición de contratar con el sector público.
  • Canal de denuncias: la Ley 2/2023 prevé sanciones de hasta 1.000.000 € para las infracciones muy graves.
  • Obstrucción a la labor inspectora: infracción grave por sí sola, que se acumula a las demás.

Ten presente además que las infracciones en el orden social prescriben a los tres años —cinco en el caso de las muy graves en prevención—, así que la Inspección no se limita a lo que está pasando hoy. Puedes estimar la exposición concreta de tu empresa con nuestra calculadora de sanciones.

Checklist para preparar la auditoría

Diez puntos a verificar antes de que llamen a la puerta

  • Registro de jornada digital y trazable, con marca en tiempo real y constancia de quién modificó cada dato y cuándo.
  • Conservación garantizada de 4 años y exportación inmediata en un formato legible para el inspector.
  • Coherencia entre fichajes, nóminas y cotizaciones: revisa que las horas extras registradas estén retribuidas y cotizadas.
  • Contratos y anexos firmados electrónicamente con sello de tiempo y evidencias del proceso de firma.
  • Un único repositorio documental con control de versiones, en el que la última versión vigente de cada política sea inequívoca.
  • Permisos por rol: quién puede ver cada documento, con acceso restringido a la información sensible y a los datos de salud.
  • Registro retributivo actualizado y, si tienes 50 o más personas, plan de igualdad registrado y auditoría retributiva.
  • Canal de denuncias operativo y su política de gestión documentada, si superas las 50 personas trabajadoras.
  • Evaluación de riesgos al día, incluidos los psicosociales, y justificantes de la formación en PRL recibida por cada persona.
  • Prueba de entrega e información: acuses de recibo de las políticas comunicadas a la plantilla, incluida la del sistema de control horario.

Cómo prepararte para una auditoría laboral con Horalia

La diferencia entre una auditoría que se resuelve en una mañana y otra que acaba en acta rara vez está en el cumplimiento de fondo: está en poder demostrarlo. Por eso la pieza central es el gestor documental de Horalia, que centraliza en un único lugar los documentos y las políticas exigidas a la empresa y los deja a disposición inmediata en caso de inspección.

Qué resuelve el gestor documental

  • Un único repositorio para contratos, anexos, nóminas, protocolos, planes y políticas internas: se acabó buscar la última versión en tres carpetas y un correo.
  • Disponibilidad inmediata: cuando el inspector pide un documento concreto, se localiza y se descarga en el momento, desde el propio centro de trabajo.
  • Firma electrónica avanzada con evidencias del proceso y sello de tiempo, de modo que puedes probar quién firmó, qué firmó y cuándo. Lo explicamos a fondo en el artículo sobre gestión documental y firma electrónica.
  • Distribución masiva de políticas a toda la plantilla con acuse de recibo, la prueba que te van a exigir de que la información llegó a cada persona.
  • Control de versiones e historial de cada documento, para acreditar desde cuándo está vigente cada protocolo.
  • Permisos por rol y datos alojados en la Unión Europea, en cumplimiento del RGPD y de la LOPDGDD.

A su alrededor, el resto de la plataforma cubre los otros frentes de la auditoría: el control horario con historial inalterable y conservación de 4 años, la gestión de ausencias y vacaciones, los horarios y calendarios, los turnos y el canal de denuncias que exige la Ley 2/2023. Puedes descubrir Horalia o probarla gratis y llegar a la próxima auditoría con los deberes hechos.

Conclusión

Prepararse para una auditoría laboral no consiste en cumplir el día de la visita: consiste en poder demostrar que llevas años cumpliendo. La Inspección puede entrar sin previo aviso, mirar hasta tres años atrás y pedir registros de jornada de los últimos cuatro, y las sanciones van de los 751 € del registro horario hasta los 983.736 € de una infracción muy grave en prevención. La empresa que tiene los fichajes, las ausencias y toda la documentación centralizados y trazables responde en minutos; la que los tiene dispersos empieza a perder desde la primera pregunta.

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